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jueves, 18 de febrero de 2016

Hoja de Quejas y Reclamaciones. ¿Sirven para algo? Derechos y Obligaciones respecto a las mismas

Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.

 

 


En la Comunidad Autónoma andaluza, el anterior Decreto es el que regula la obligación de toda aquella persona física o jurídica titular cualquier tipo de negocio, de poseer un libro de quejas  reclamaciones por si es requerido por un consumidor o ususario.


¿Qué obligaciones tiene el empresario?

 

  • Tener a disposición de los consumidores y usuarios un libro de quejas y reclamaciones en formato oficial.

  • Anunciar que el establecimiento posee dicho libro en un lugar visible.

  • Facilitar el mismo a cualquier persona que exija el mismo.

  • Contestar a la reclamación en un plazo de 10 días.

  • Conservar la documentación a disposición de los Inspectores durante 4 años.


¿Qué derechos tienen los consumidores y usuarios?

 

  • Derecho a que le sea facilitado dicho libro de quejas y reclamaciones.

  • Derecho a obtener una respuesta en el plazo de 10 días.

 

Si usted requiere el libro de quejas y reclamaciones en un establecimiento y se niegan a facilitárselo, puede llamar a la Policía Local al objeto de que se persone un Agente y levante acta por infracción de la normativa de consumo.

 

 

 

 

 

 

 

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